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  • Foto del escritorDra. Daniela Serra

Ciudadanía italiana: cómo tramitarla desde Argentina

Según el Consulado, todos tienen el derecho de empezar el trámite para el reconocimiento por sangre si cuentan con la documentación correspondiente. Cuáles son los pasos a seguir.


El anuncio del vicecanciller italiano Mario Giro despertó la curiosidad de muchos argentinos que todavía no se animaron o desconocen cómo empezar el proceso para conseguir la ciudadanía italiana. El funcionario prometió nuevas leyes "amplias y tolerantes" que flexibilizan el proceso. Sin embargo, señaló que solo se ampliaría el criterio por sitio y por cultura, condiciones que no benefician del todo a los familiares de inmigrantes que viven en Argentina.

El Senado de Italia prevé flexibilizar la reglamentación para conceder la nacionalidad por el derecho de suelo(ius solis) a todos los hijos de extranjeros que nazcan en Italia. También, buscan expandir el derecho de cultura (ius culturae), que confiere los derechos a los inmigrantes nacidos fuera del país, llegados a Italia antes de los 12 años, que hayan completado 5 años de escuela en Italia.


Esta nueva política inclusiva que generó conflictos dentro del gobierno, no afectaría al resto de los países, que seguirán adquiriendo sus derechos italianos con el derecho por sangre (ius sanguinis). Este método permite que las personas accedan a la ciudadanía si sus padres son italianos, independientemente del lugar del mundo donde hayan nacido. El desarrollo de la gestión es gratutito, directo y sin intermediarios.

La "ius sangunis" puede ser transmitida por la línea paterna sin límites de generación. La otra opción es por línea materna, pero solo será posible para los hijos nacidos después del 1º de enero del 1948.

“El reconocimiento de la ciudadanía italiana está subordinado a la demostración, por parte del interesado, de que sus ascendentes en línea rectahayan mantenido la ciudadanía italiana sin interrupción”, aclara la web oficial del consulado. Para iniciar con la formalidad, la persona tiene que contar con los documentos originales que demuestran la descendencia del familiar que da el origen. En ausencia de cualquier dato, se tendrá que presentar la "sentencia de naturalización", sin la cual por indicación del Ministerio del Interior, no será posible cursar el trámite de reconocimiento de la ciudadanía.


Por cualquier duda, CONSULTENOS.





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